El Tribunal Supremo (TS), en recurso de casación 368/2014 sobre Conflicto Colectivo n° 347/2014 sobre la jornada laboral impuesta unilateralmente para el año 2014 da firmeza, y de nuevo la razón a UGT, en lo que llevamos años defendiendo, LA IGUALDAD DE TODOS LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS de la Comunidad de Madrid, independientemente del Centro donde presten sus servicios.
La justicia, en este caso, nos da la razón, reconociendo la protección que nos proporciona nuestro Convenio Colectivo. Un Convenio, que la Comunidad de Madrid intentó arrebatarnos para seguir cercenando nuestros derechos e intentar crear trabajadores de primera y de segunda clase. La sentencia del Tribunal Supremo reconoce:
- El derecho al disfrute del descanso semanal de dos días ininterrumpidos, conforme al Convenio Colectivo para todos los trabajadores/as, también para quienes trabajan a turnos, haciendo que sean necesarios de este modo los solapes.
Esta sentencia, confirma los posicionamientos de UGT en la negociación de los calendarios laborales en aquellos organismos, donde no solo no se cumplía el Convenio con la imposición de jornada, también se les negaba este derecho al personal que allí desarrollaba su trabajo.
Todos recordamos como en los Centros, Servicios y organismos donde se trabajan los 365 días sin interrupción (SRBS, IMFM, Sanidad, etc,…), se les negó este derecho. En los ámbitos pertenecientes a la Consejería de Asuntos Sociales y Familia, finalmente se logró un acuerdo que dio lugar a: calendarios laborales más acordes al Convenio que contemplaban, al menos, el derecho de los dos días de descanso semanales seguidos.
Mientras que en Sanidad, todavía hoy se les niega este derecho. Esperemos que ahora y, gracias a esta sentencia del Tribunal Supremo, también en Sanidad se reconozca este derecho, con este objetivo en la próxima reunión de la Comisión Paritaria UGT ya ha solicitado su inclusión en el Orden del Día, esperemos que ahora sí, la Administración Sanitaria reconozca desde ya este derecho y negocie los Calendarios Laborales en Sanidad.